Teniendo en cuenta la obligatoriedad de incorporar en los pliegos elaborados por la Municipalidad de Rosario la contratación de personas con discapacidad por parte de los concesionarios.
Las empresas concesionarias deberán contar entre su personal a personas con algún tipo de discapacidad de acuerdo al siguiente detalle: menos de 10 empleados: ninguno; de 10 a 19 empleados: 1; de 20 a 49 empleados: 2; de 50 a 99 empleados: 3; de 100 a 199 empleados: 6; más de 200 empleados; como mínimo el 4 por ciento, a cuyo efecto deberá acompañar una declaración jurada que indique el número de su plantel operativo con los datos de identidad.